Las nuevas obligaciones de los progenitores no custodios obligados al pago de pension alimenticias, no pueden ser motivo para perjudiciar los derechos de los hijos habidos con anterioridad. En esta sentencia queda claro que la pension de la hija no se diminuyo ni se extinguio por el hecho de que su padre tuviera otros hijos, otras obligaciones economicas, otros bienes que sustentar…No importa que los hijos sean mayores de edad. Hay que proteger sus derechos siempre que dependan economicamente de los progenitores.

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