Negligencias Médicas

Las negligencias médicas, dada la complejidad y amplitud del espectro de ramas del derecho que engloba, pueden ser consideradas una rama transversal del derecho. Es por ello que exige una alta especialización por parte de los abogados que se dedican a ella.

En Lavenia Abogados somos plenamente conscientes de la situación personal por la que atraviesan nuestros clientes o sus familiares cuando acuden a nuestro despacho, y estamos sensibilizados con la trascendencia para su vida futura de las consecuencias de haber sido víctima de una negligencia médica. Nuestros profesionales le asesorarán sobre dónde acudir y cómo canalizar este tipo de circunstancias.

Nuestros letrados pueden ayudarle cuando se produce una muerte, lesión, o cualquier otro tipo de perjuicio similar, como consecuencia de una negligencia médica. Dicha negligencia  puede provenir de la acción u omisión de un Médico, una Enfermera, una Clínica u Hospital, o cualquier profesional o empleado del Centro Médico donde el paciente haya sido atendido.

La negligencia médica se produce cuando el tratamiento no se lleva a cabo conforme a las normas de “protocolo” aceptadas para la enfermedad o padecimiento sufrido por el paciente.

Como norma general, si un profesional Médico o empleado del Centro no actúa en la forma comúnmente aceptada, podría ser declarado responsable de los daños resultantes.

Si usted o un ser querido ha resultado perjudicado por un profesional de la salud, podremos formular una reclamación por negligencia médica, encaminada a obtener una compensación por los daños y perjuicios sufridos (restitución de salarios y gastos médicos, e indemnización por el dolor, sufrimiento y secuelas).

Cuando un paciente sufre un perjuicio como consecuencia de la negligencia de un profesional médico, es posible formular una reclamación. En tal situación, para tener éxito, deben quedar probadas las siguientes circunstancias:

SERVICIOS EN CUANTO A NEGLIGENCIA MÉDICA

Prestamos un servicio de asesoramiento, defensa y reclamación de particulares en aquellos  pacientes que sufren una negligencia médica frente a las distintas instituciones sanitarias ya sean públicas o privadas, con una alta especialización y profesionalidad.

Asesoramos en los siguientes casos de negligencias médicas:

  •  Errores de diagnóstico y su tratamiento: Error y/o retraso de diagnóstico en cáncer, ictus, ACV, apendicitis, IAM (Infarto agudo de miocardio), etc., con la consiguiente pérdida de oportunidad terapéutica.
  •  Error en la prescripción de medicamentos, básicamente por la existencia de interacciones o contraindicaciones, no contempladas en el paciente.
  •  Mala praxis en medicina satisfactiva. Oftalmología, Odontología, Cirugía Estética.
  •  Malos resultados en operaciones estéticas (blefaroplastia, implantes mamarios, etc.), FIV (Fecundación in vitro), implantes dentales, lasik (para corregir miopía, astigmatismo o hipermetropía).
  •  Errores quirúrgicos: Error en una intervención quirúrgica, con posible consentimiento informado que adolezca de defecto de forma, o retraso en el diagnóstico de la complicación postoperatoria.
  •  Olvido de material quirúrgico en intervenciones (gasas…), que conllevan infecciones y molestias, así como daño moral consecuencia de la angustia e inquietud que supone el miedo constante a que pueda producirse una consecuencia fatal
  •  Negligencias ginecológicas y obstetricias. Durante los partos y seguimiento del embarazo.
    •  Errores en partos con consecuencias de parálisis cerebral infantil, o parálisis braquial.
    •  Error en el diagnóstico prenatal de enfermedades genéticas o de otra clase, como por ejemplo, síndrome de Down.
  •  Servicios de urgencias
  •  Contagios hospitalarios: Infecciones intrahospitalarias y nosocomiales (estreptococos, pseudomonaaureginosa, MARSA…), por incumplimiento de las medidas de prevención protocolizadas en Guías Clínicas, como las de la OMS (Organización Mundial de la Salud).
  •  Infecciones de Hepatitis C, VIH, etc
  •  Error en la prescripción de medicamentos, básicamente por la existencia de interacciones o contraindicaciones, no contempladas en el paciente.

Los errores sanitarios más habituales, y desafortunadamente cada día más numerosos, de los que se derivan negligencias médicas son:

  •  Retraso en el diagnóstico correcto de una patología o lesión.
  •  Error en el diagnóstico o en su interpretación.
  •  Intervenciones quirúrgicas con resultado lesivo para el paciente y que el mismo no debía soportar.
  •  Prescripción inadecuada de medicamentos o tratamientos.
  •  No seguimiento de los protocolos marcados.
  •  Transmisión por transfusión sanguínea de enfermedades como la Hepatitis o el SIDA.
  •  No obtención del resultado prometido en cirugía estética voluntaria, en liposucciones, procesos de adelgazamiento, colocación de prótesis, etc…. Intervenciones mal realizadas.
  •  Infecciones nosocomiales (intrahospitalarias).
  •  Daños producidos por el propio material quirúrgico durante la intervención o maniobra médica o bien por su olvido en el interior del paciente.
  •  Fallecimiento del paciente por no prestarse la asistencia sanitaria de urgencia debida.
  •  Falta de consentimiento informado, y por consiguiente de la información previa del acto a realizar con sus posibles alternativas y consecuencias, no asumiendo los riesgos típicos del mismo por el paciente.
  •  No supervisar debidamente al paciente en el post-operatorio, originando complicaciones en el proceso evolutivo del paciente.
QUÉ DEBE HACER SI SUFRE UNA NEGLIGENCIA MÉDICA:

Para que procedamos al estudio del caso, y para poder valorar de forma adecuada la viabilidad de una reclamación, debe seguir los siguientes pasos importantísimos, siendo aconsejable una reunión previa en nuestro  despacho, para explicárselo personalmente:

  1. Redacte el relato de los hechos acontecidos de la manera más exhaustiva posible y fírmelo. Pida a las personas que vivieron los hechos que redacten también un relato de hechos. También es recomendable que esto último lo haga usted.
  2. Pida su historia clínica. Para ello, imprima el modelo de solicitud de historia clínica que encontrará en HISTORIAL CLÍNICO

Rellénelo, fírmelo, añada los documentos que se indican y envíelo por burofax (en Correos) a todas las Clínicas, Hospitales, consultas privadas, Centros de Salud, etc. en los que debiera existir alguna historia clínica suya (no sólo donde se ha cometido la negligencia).  O entregue la solicitud en el SAIP del Hospital, siempre con dos copias, y una de ellas se la deberán de sellar.

  1. Si no se la dan transcurrido un mes desde que la solicitó, póngase en contacto con nosotros y le diremos qué debe hacer para conseguirla.
  2. Igualmente, le aconsejamos que pida una minusvalía ante la Consejería de Bienestar Social de su Comunidad Autónoma correspondiente, para el supuesto de lesionados.
  3. Habida cuenta de la dificultad de prueba en este tipo de asuntos, debido al corporativismo médico, puede ser importante que obtenga grabaciones a médicos que reconozcan verbalmente la negligencia. Esto está permitido por el Tribunal Constitucional: S.T.C. 114/1984, de 29 de noviembre, señala que «no constituye contravención alguna del secreto de las comunicaciones, la conducta del interlocutor en la conversación que graba ésta»; asimismo la Sentencia de esta Sala de 20 de mayo de 1997, señala que «no existe vulneración del derecho a la intimidad cuando es el propio recurrente quien ha exteriorizado sus pensamientos sin coacción de ninguna especie», y que «la grabación de las palabras de los acusados realizada por el denunciante con el propósito de su posterior revelación no vulnera ningún derecho al secreto, ni a la discreción ni a la intimidad del recurrente».

Este mismo criterio es acogido por la Sentencia de 1 de marzo de 1996 al señalar que «cuando una persona emite voluntariamente sus opiniones o secretos a un contertulio sabe de antemano que se despoja de sus intimidades y se las transmite, más o menos confiadamente, a los que le escuchan, los cuales podrán usar su contenido sin incurrir en ningún reproche jurídico», añadiendo que el contenido de una conversación puede llegar al proceso por la vía de su reproducción oral si alguno de los asistentes recuerda fielmente lo conversado, o mediante la entrega de una cinta que recoja textualmente, con mayor o menor calidad de sonido, el intercambio de palabras entre los asistentes.

  1. Recopile los partes de incapacidad temporal (baja) , que en su caso, existan.
  2. Obtenga el expediente completo de incapacidad permanente (incluido informe médico de síntesis) que, en su caso, se haya concedido.
  3. Obtenga certificado y/o factura de medicamentos comprados en una Farmacia, en su caso.
  4. Obtenga informe médico de su médico de cabecera, psicólogo, psiquiatra, etc., que explique la situación psiquiátrica en la que se encuentra la propia víctima o familiares de esta.

Una vez que la consiga, debería facilitarnos la historia clínica completa ordenada cronológicamente, el relato subjetivo de los hechos, los documentos que acrediten la solicitud de la historia, partes de baja (en su caso), declaraciones de la renta del último año del paciente que haya sufrido la negligencia (sólo es para valorar los daños), minusvalía obtenida, así como cualquier otro documento que pueda acreditar los daños o los hechos acontecidos como por ejemplo relatos por escrito de testigos de los hechos (aunque sean familiares), listado de medicamentos comprados que obtenga de la farmacia donde suela comprar, etc.

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